El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado por unanimidad el informe al proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 1373/2003 por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.
El dictamen afirma que el establecimiento de un arancel máximo se acomoda a las exigencias de la Comisión Europea, al compromiso asumido por el Gobierno y a la configuración plasmada en la reciente Ley 15/2021. Además, advierte -en referencia a la fijación de un límite global “por asunto”- que el Tribunal Supremo ha señalado repetidamente que por “asunto” cabe entender “proceso”, esto es, con todas sus instancias e incluyendo los recursos ordinarios y extraordinarios, de manera que el importe global comprende el máximo que puede llegar a facturarse por un procurador –a cliente o en costas- considerando la suma de los importes de todas las instancias.
El texto aprobado por el Pleno hace una valoración favorable de la introducción en el real decreto proyectado de la obligación de que el procurador entregue un presupuesto previo a sus clientes, en el que conste la disminución ofrecida respecto del arancel máximo previsto en la normativa o, si no se ofrece ninguna, conste también expresamente este hecho.
En cuanto a la actualización de aranceles, el texto aprobado por el Pleno señala, en este sentido, que el sistema arancelario de la procura no ha sido objeto de reforma o actualización alguna desde el año 2003, sin que el real decreto proyectado contemple una actualización que pudiera resultar aconsejable habida cuenta del tiempo transcurrido desde que fueron fijados los aranceles actualmente vigentes y de la evolución de la economía y del mercado de los servicios profesionales que ha tenido lugar desde entonces.
Nota de prensa – CGPJ
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